Todos los países cobran impuestos de importación, aunque estos varían mucho dependiendo del tipo de mercancía y el país de origen. Incluso algunos tratados de comercio internacionales ofrecen ventajas arancelarias a determinados productos y hay ciertos productos que tienen impuestos especiales, por lo cual siempre es recomendable tratar esto con una agencia aduanal o Freight Forwarder que te ayude a calcular correctamente los aranceles.
Impuesto general de importación (IGI)
Este impuesto es determinado a partir de tres factores: la nomenclatura o código de sistema armonizado, los códigos de aranceles y la descripción por pagar. Estos tres criterios en conjunto conforman la fracción arancelaria, con la cual se clasifican todos los productos que entran al país. Existen tres modalidades:
Ad valorem: Es decir, se expresan como un porcentaje del valor total de la mercancía.
Específicos: Se expresan en cantidades monetarias por unidad de medida.
Mixtos: Son una combinación de aranceles Ad valorem y Específicos.
El valor de importación se calcula tomando en cuenta lo que el importador pagó por ellas al proveedor, más los costos derivados del transporte y los seguros y demás tarifas implicadas, por lo mismo, el tipo de Incoterm también afecta al IGI.
En ocasiones también se aplican aranceles estacionales que varían dependiendo de la época del año, y aranceles-cupo, que varían de acuerdo con el volumen de la mercancía.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
La tasa es del 16% de IVA en general, y se realiza al momento de liberar las mercancías en aduana junto con los demás impuestos de importación.
Impuestos especiales
Así como algunas mercancías pagan menos impuestos, otras están gravadas con impuestos adicionales, como el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN), y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que se aplica a la importación de combustibles como gasolina y diesel, bebidas energizantes, tabaco y bebidas alcohólicas que puede llegar a ser de hasta el 53% en bebidas con graduación alcohólica de más de 20° G.L, aunque se transfiere al precio de venta, así como de alimentos no básicos y plaguicidas, entre otros.
Derecho de trámite Aduanero (DTA) y Derechos de Almacenaje
Este importe se paga por el uso de las instalaciones aduaneras y el almacenamiento provisional de la mercancía mientras es despachada. Si todos los trámites y papeles están en regla, el tiempo y costo de este almacenamiento se reduce al mínimo. Sin embargo, si se vencen los plazos de depósito de aduanas se deben pagar cuotas diarias adicionales de derechos de almacenaje.
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