Anteriormente se trató el tema de la importancia del llamado “oro verde”, el aguacate, para las exportaciones en México, siendo éste el protagonista principal.
En esta entrega se expondrán los diferentes requisitos que se deben cumplir para la correcta transportación y exportación de la preciada fruta.
El aguacate es, sin lugar a dudas y como se habló en artículos pasados, una de las frutas más importantes y ricas en vitaminas, proteínas y grasas buenas, beneficias en industria alimentaria, cosmética y medicinal. Por ello la adecuada transportación juega un papel vital para conservar todas sus propiedades, todo esto bajo un estricto control de temperatura y almacenamiento, considerando que la primera sea estable y homogénea buscando la circulación por todo el contenedor, evitando que se encapsule entre los aguacates o el piso.
La temperatura variará según el estado de maduración del aguacate, si está verde deberá transportarse en un rango de mínimo 5ºC máximo 13ºC, en el caso de aguacate maduro el rango oscila entre 2°C a 4°C. Por ello, es que, en la medida de lo posible, el aguacate no deberá estar demasiado maduro, para evitar el incremento de los costos de refrigeración y aumenta el riesgo del daño del producto. Cabe mencionar que al cargar la mercancía en los contenedores, estos ya deben encontrarse a la temperatura deseada.
Los mejores contenedores para guardar el tan preciado oro verde, podrán ser de madera, plástico o cartón, aunque la opción más recomendable es esta última, ya que protege bien el producto, promueve una maduración natural y agrega menos peso al flete. La máxima capacidad de una caja de aguacates es de 18 kilogramos. La clasificación, etiquetación, empaquetación, refrigeración y carga de la mercancía están a cargo de las empresas empacadoras o los mismos productores.
En cuanto a los requisitos para su exportación, son varios y las normas nacionales son establecidas por la Secretaría de Economía.
Certificado fitosanitario internacional: Expedido por la SAGARPA una vez cumplidos los requisitos establecidos por el país destino.
Certificado de Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios: emitido por la comisión homóloga; incluye: Certificado para exportación Libre Venta; Certificado para exportación; Certificado para exportación de conformidad de buenas prácticas sanitarias y Certificado para exportación análisis de producto.
Certificado de análisis de producto con base en la norma NOM-066-FITO-2002, emitido por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA).
Constancia de tratamiento aplicado de acuerdo a la NOM-144-SEMARNAT-2004. Éste es expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y se refiere a las medidas fitosanitarias establecidas para el embalaje en madera del producto.
Código de barras o “código de producto”, con el objetivo de eficientar la logística identificando el producto a través de un código universal. Lo emite la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE).
Registro de marca, lo emite el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual y no si bien no es obligatorio sí es recomendable.
Adicional, la ONG México Calidad Suprema, A.C. emite el sello México Calidad Suprema (MSC) que simboliza y garantiza que el aguacate fue cultivado, cosechado, almacenado y transportado bajo los estándares nacionales e internacionales de más alta calidad.
Ventas: (55) 8854-7172
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